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El blog de Truelux 

Por Ignacio Echevarria Hoyos 28 mar, 2022
Para mayor información, puede contactar con Truelux Consulting (www.truelux.es)
Por Ignacio Echevarria Hoyos 28 mar, 2022
Como resultado del Real Decreto-ley 32/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo los tipos de contrato de trabajo en España han sido objeto de importantes modificaciones. Estas son las novedades más significativas para este año 2022. 1. Contrato de trabajo indefinido El contrato fijo indefinido se establece sin límite de tiempo. Dentro del mismo encontramos varias tipologías como el contrato para personas con discapacidad, el de alta dirección o el de trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción, entre otros. La reforma laboral de 2022 también introduce aspectos relevantes en la concreción del contrato laboral indefinido, como son el periodo establecido para encadenar contratos y pasar a ser indefinido, que se limita a 18 meses (en 24 meses). La normativa anterior establecía un límite mucho más amplio, de 24 meses en un marco de 30. 2. Contrato de trabajo indefinido adscrito a obra El contrato está determinado para servicios cuyo fin está vinculado a la construcción. Al concluir la obra, el empresario tiene la obligación de realizar una propuesta a la persona trabajadora para su recolocación, propuesta que se debe materializar en un plazo de 5 días y por escrito. Las causas de la extinción del contrato deberán producirse bajo los siguientes supuestos: • Rechazo de la recolocación por parte de la persona trabajadora. • Falta de cualificación para obra en la provincia. • Inexistencia de obras en la provincia. 3. Contrato de trabajo temporal Hasta la aprobación de la reforma laboral (RD ley 32/2021) existían tres tipos de contratos temporales: • Obra o servicio determinado • Eventual (por circunstancias de la producción) • Interinidad. Con la reforma laboral los contratos de duración determinada quedan de la siguiente manera: a) Contrato por obra y servicio determinado (desaparece) El contrato por obra y servicio determinado desaparece con la nueva regulación y su derogación se materializará a partir del 31 de marzo de 2022 (hasta esa fecha se pueden formalizar con un máximo de 6 meses de duración). b) Contrato por circunstancias de la producción Esta modalidad de contrato de trabajo temporal está establecida para situaciones muy concretas como oscilaciones de la actividad normal de la empresa. La duración no podrá superar los 6 meses ampliables a 12 meses por convenio del sector. La conversión de un contrato temporal a indefinido queda muy claramente definida en la reforma laboral 2022 ya que, en caso de irregularidad, se determinará la condición de indefinido del contrato en cuestión, con la consideración de infracción administrativa y sanciones de 1.000 a 10.000 euros por cada persona contratada irregularmente. c) Contrato por sustitución de persona trabajadora Se guía por los mismos criterios que el contrato de interinidad. La reforma laboral introduce un cambio significativo: la persona sustituta podrá iniciar la prestación de servicios durante 15 días antes de que se produzca la ausencia de la persona sustituida. 4. Contrato de trabajo fijo discontinuo Esta modalidad de contratación es la utilizada como referencia para una actividad estacional o de temporada, así como por empresas de trabajo temporal, contratas y subcontratas. Se contempla para periodos a fecha determinada o indeterminada. Las personas trabajadoras tienen los mismos derechos que en el indefinido, incluyendo la indemnización por despido. 5. Contrato de trabajo formativo Existen dos tipos de contratos formativos: • Contrato de formación en alternancia • Contrato para la práctica profesional a) Contrato de formación en alternancia El objeto de este tipo de contrato es doble: A. Simultanear la actividad laboral retribuida con el correspondiente proceso formativo en el ámbito de la formación profesional, estudios universitarios o catálogo de especialidades en el Sistema Nacional de Empleo. B. El desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios, pudiéndose celebrar sólo con personas en posesión de un título: Universitario, de grado medio o superior, especialista, máster profesional, certificado del sistema de formación profesional, título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral. Las novedades más significativas introducidas son las siguientes: • Duración mínima del contrato: 3 meses, con un máximo de 2 años. • Tiempo de trabajo efectivo: no puede superar el 65% de la jornada máxima durante el primer año y el 85% del segundo. • Podrán celebrarse a tiempo parcial. El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 65% (primer año) o al 85% (segundo año) de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo de aplicación en la empresa o, en su defecto, de la jornada máxima legal. • Se eliminan los períodos de prueba. • Se amplía la edad del trabajador contratado (entre 16 y 29 años). • Posibilidad de indemnización: no genera indemnización a su finalización. Se prohíbe expresamente realizar horas complementarias y horas extraordinarias salvo fuerza mayor. b) Contrato para la práctica profesional Contrato dirigido a todas las personas trabajadoras que están en posesión de un título universitario, máster profesional, certificado del sistema de formación profesional o título de grado medio o superior. Las novedades más significativas introducidas son las siguientes: • Duración mínimo 6 meses, máximo 12 meses en la misma o distinta empresa. • El tiempo establecido puede ser completo o parcial. • Período de prueba de 1 mes. • No se pueden realizar horas extras. • Se pueden realizar horas complementarias. • La retribución queda contemplada en el convenio. Si no fuera así, la reforma laboral establece que se debe aplicar la estipulada en el grupo profesional y nivel de retribución correspondiente a las funciones que se desempeña. Entrada en vigor de los cambios en los contratos de trabajo El Real Decreto Ley de reforma del mercado de trabajo se publicó en el BOE con fecha 30 de diciembre de 2021 y entró en vigor el 31 de diciembre de 2021, según recoge el mismo texto. La reforma entra en vigor el 31 de marzo de 2022.
Por Ignacio Echevarria Hoyos 08 mar, 2021
Desde Truelux Consulting tenemos como objetivo mejorar la gestión de RRHH de las empresas, ofreciendo las alternativas más innovadoras existentes. Para hacer llegar las soluciones de control y gestión de asistencia de personas, hoy anunciamos con mucha ilusión que GeoVictoria apuesta por nosotros como partner. GeoVictoria desarrolla sistemas de gestión y control de asistencia que reducen y optimizan considerablemente los costes asociados al cumplimiento de la jornada laboral, agilizando sus procesos administrativos y dándole herramientas de gestión que dinamicen su venta (control de accesos, control horario o de asistencia, gestión de contratistas, vacaciones, control de visitas, business intelligence). “Gracias al apoyo de Truelux Consulting logramos dar mayor visibilidad a nuestras soluciones” – Alfredo Gómez, Country Manager de GeoVictoria. “Con esta alianza, pretendemos complementar nuestros servicios de asesoramiento y gestión externalizada de RRHH, dando visibilidad a aquellas soluciones premium que mejoran esta gestión, como el control horario o de asistencia”. – Ignacio Echevarría Hoyos, CEO de Truelux Consulting. ¿Quieres saber más de las soluciones GeoVictoria?
Por Truelux Consulting 07 ene, 2021
La tasa interna de retorno (TIR) es la tasa de interés o rentabilidad que ofrece una inversión. Es el porcentaje de beneficio o pérdida que tendrá una inversión para las cantidades que no se han retirado del proyecto. Se utiliza en la evaluación de proyectos de inversión y está relacionada con el valor actualizado neto (VAN) . También se define como el valor de la tasa de descuento que hace que el VAN sea igual a cero, para un proyecto de inversión dado. La tasa interna de retorno (TIR) nos da una medida relativa de la rentabilidad (%). El principal problema radica en su cálculo, ya que el número de periodos dará el orden de la ecuación a resolver. Para resolver este problema se puede acudir a diversas aproximaciones, utilizar una calculadora financiera o un programa informático. ¿Cómo se calcula la TIR? Basándonos en su cálculo, la TIR es la tasa de descuento que iguala, en el momento inicial, la corriente futura de cobros con la de pagos, generando un VAN igual a cero (ver fórmula arriba). Siendo: F t son los flujos de dinero en cada periodo t I 0 es la inversión realiza en el momento inicial (t = 0) n es el número de periodos de tiempo Criterio de selección de proyectos según la Tasa interna de retorno Siendo “k” la tasa de descuento de flujos elegida para el cálculo del VAN: · TIR > k, el proyecto de inversión será aceptado. En este caso, la tasa de rendimiento interno que obtenemos es superior a la tasa mínima de rentabilidad exigida a la inversión. · TIR = k, estaríamos en una situación similar a la que se producía cuando el VAN era igual a cero. En esta situación, la inversión podrá llevarse a cabo si mejora la posición competitiva de la empresa y no hay alternativas más favorables. · TIR < k, el proyecto debe rechazarse. No se alcanza la rentabilidad mínima que le pedimos a la inversión. La Tasa Interna de Retorno es el punto en el cual el VAN es cero. Si dibujamos en un gráfico el VAN de una inversión en el eje de ordenadas y una tasa de descuento (rentabilidad) en el eje de abscisas, la inversión será una curva descendente. El TIR será el punto donde esa inversión cruce el eje de abscisas, que es el lugar donde el VAN es igual a cero. Si dibujamos la TIR de dos inversiones podemos ver la diferencia entre el cálculo del VAN y TIR. El punto donde se cruzan se conoce como intersección de Fisher. Inconvenientes de la TIR a) Hipótesis de reinversión de los flujos intermedios de caja: supone que los flujos netos de caja positivos son reinvertidos a “r” y que los flujos netos de caja negativos son financiados a “r”. b) La inconsistencia de la TIR: no garantiza asignar una rentabilidad a todos los proyectos de inversión y existen soluciones (resultados) matemáticos que no tienen sentido económico: o Proyectos con varias r reales y positivas. o Proyectos con ninguna r con sentido económico.
Por Truelux Consulting 04 ene, 2021
1) Elimina preocupaciones y retrasos: Eliminando preocupaciones en el ámbito de la gestión de nóminas y seguros sociales, posibilita que el Dpto. de RRHH se centre en los procesos clave de la empresa, desarrollo, optimización, rentabilidad y beneficio. 2) Reduce gastos, libera recursos e incrementa la eficiencia La contratación de BPO nóminas ahorra tiempo, dinero y el coste pasa a ser variable. 3) Software especializado y a medida del negocio Despreocúpate de buscar, comprar, dominar y actualizar un software de gestión de nóminas. Se dispone del software especializado capaz de gestionar altos volúmenes de nóminas y de agilizar todos los procesos relacionados con la gestión laboral. 4) Valor añadido en capital humano Nuestra experiencia permite dar un asesoramiento completo, actualizado y una gestión eficaz del servicio. 5) Truelux Consulting es su partner de confianza
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